Los distribuidores mayoristas tienen obligación legal de remitir al CMT determinada información relacionada con las ventas de labores del tabaco a expendedurías de tabaco y timbre. En concreto, han de enviar la información sobre las ventas de labores del tabaco a expendedurías, especificadas por provincias, por unidades y por valor, con un resumen anual de la información de los apartados anteriores y de las ventas de cada expendeduría.