Cualquier transformación, modificación o alteración que se produzca en modelos de máquinas previamente autorizados deberá contar también con la autorización del Comisionado para el Mercado de Tabacos, debiendo los interesados cumplimentar y presentar por medios electrónicos el modelo de solicitud, poniendo a disposición del organismo un modelo físico de la máquina en caso de que sea requerido para ello.
La transformación, alteración o modificación de modelos de máquinas expendedoras autorizados deberá contar con el consentimiento expreso de los titulares de los derechos de sus diseños industriales o marcas comerciales, de acuerdo con lo que establezcan las normas y disposiciones aplicables en estas materias.